20 de octubre de 2025

Cada vez son más las personas que apuestan por la movilidad eléctrica, pero sigue habiendo dudas sobre cómo instalar un punto de recarga en una plaza de garaje comunitaria. La buena noticia es que la ley está de tu parte: la comunidad de vecinos no puede oponerse si la instalación se realiza en tu plaza privada y no afecta a elementos comunes del edificio.

La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 17.5, lo deja claro: cualquier propietario puede instalar un punto de recarga para uso privado en su plaza de garaje, siempre que asuma los costes y comunique su intención previamente a la comunidad.

Cómo ejercer tu derecho correctamente

Antes de comenzar, es importante seguir unos pasos básicos que te evitarán conflictos y asegurarán que tu instalación cumple con la normativa:

  • Comunica tu intención por escrito. Notifica al presidente o al administrador de la comunidad con al menos 30 días de antelación. No necesitas autorización ni votación, basta con informar.
  • Aporta la información técnica. Incluye el plano del recorrido del cableado, el tipo de cargador, la potencia y quién realizará la instalación.
  • Asume los costes. El propietario se hace cargo de la instalación, el consumo eléctrico y el mantenimiento del equipo.
  • Confía en un instalador autorizado. En Helios Energía trabajamos junto a EnchufeSolar, empresa especializada y acreditada para este tipo de instalaciones. Su equipo técnico se encarga de todo el proceso: desde el diseño eléctrico hasta la instalación del punto de recarga y la gestión de la documentación con Industria.
  • Guarda toda la documentación. Boletines, certificados y la copia de la comunicación enviada a la comunidad servirán como respaldo ante cualquier reclamación.

El proceso es sencillo si se realiza con criterio técnico y de la mano de profesionales cualificados.

Cuándo puede intervenir la comunidad

La comunidad solo puede plantear objeciones en casos muy concretos, siempre debidamente justificados. Por ejemplo:

  • Si la instalación afecta a la estructura del edificio o a elementos comunes (muros, canalizaciones, pilares).
  • Si representa un riesgo para la seguridad eléctrica del inmueble.
  • Si se pretende conectar el punto de carga a un suministro común sin acuerdo previo.

En cualquier otro caso, la comunidad no puede negarte el derecho a disponer de tu punto de recarga particular.

La oportunidad de vincularlo al autoconsumo

Instalar un cargador suele ser el primer paso hacia una gestión más eficiente de la energía. Si dispones de una instalación fotovoltaica —o estás valorando colocarla—, combinar ambos sistemas es una decisión inteligente.
Permite cargar tu vehículo con tu propia energía solar, reduciendo el coste por kilovatio; aumenta el aprovechamiento de la producción diurna, especialmente si trabajas fuera y cargas al volver a casa; y mejora el retorno de inversión global del sistema energético de la vivienda o del negocio.
En muchos hogares y empresas andaluzas, esta combinación ya permite alcanzar ahorros de hasta un 70 % en la energía utilizada para movilidad y consumo doméstico.

Recomendaciones prácticas

  • Planifica la instalación del punto de recarga con visión de futuro: elige potencia adecuada y compatibilidad con vehículos eléctricos de próxima generación.
  • Valora incorporar gestión inteligente de carga para evitar sobrepotencias y optimizar el uso de la red.
  • Si tu edificio cuenta con preinstalación de recarga, aprovecha esas canalizaciones: facilitan el montaje y reducen costes.

En resumen, instalar un cargador en tu plaza de garaje es tu derecho, no un privilegio. Con una comunicación formal, una instalación profesional y la documentación correcta, podrás disfrutar de la movilidad eléctrica sin obstáculos.

Y si quieres hacerlo con la máxima seguridad y garantía, en Helios Energía te asesoramos de principio a fin junto a nuestro colaborador técnico EnchufeSolar.


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